SERIE: Los Derechos Humanos en el Islam, ¿un avance o un retroceso?

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La revista digital Democracias es un espacio dedicado al análisis de los procesos políticos de la región latinoamericana. Presenta el mundo visto a través de los ojos del millennial, convirtiéndose en amplificador de las ideas disruptivas de esta generación. El principal objetivo es propiciar el debate público de las ideas, al contraste de argumentos, y la deconstrucción de los conceptos preestablecidos

Por: José Daniel Alfaro

José Daniel reside en Alajuela, Costa Rica. Tiene 21 años. Actualmente es estudiante de Relaciones Internacionales en la Universidad Nacional de Costa Rica y de inglés en la Universidad Técnica Nacional. Es Miembro de la Red de Jóvenes Políticos de la OEA.

José Daniel | Costarricense

Cuando se habla de derechos humanos suele ser muy controversial, existen muchas perspectivas que difieren sobre este tema. Lo que si es una realidad es lo que afirmó David Forsythe: “Los derechos humanos llegaron para quedarse” (Forsythe, D. 2012)

A pesar de las múltiples luchas sociales, de los diferentes mecanismos de protección y promoción de los derechos humanos, en la actualidad siguen existiendo muchos vacíos en esta materia. El punto de interés en este escrito es comentar las debilidades y fortalezas que presenta la Nueva Carta Árabe sobre derechos humanos (2004) y la Declaración del Cairo sobre Derechos Humanos en el islam (1990).

Verdaderamente es impactante leer esta carta y esta declaración. La visión occidental se tiene tan marcada, que ya es parte de nosotros y es difícil no asombrarse luego de leer semejantes barbaries escritas en un documento oficial. Si bien se sabe que nos enfrentamos a otro tipo de cultura se debe ser analítico y critico cuando se procesa un tema tan delicado como los derechos humanos. Tomando ideas de Jack Donelly, se puede inferir que las realidades de los Estados son tan diferentes que cada uno de estos entiende el bienestar y los derechos humanos de maneras diferentes. (Donnelly, J. 1984)

Primeramente, es importante entender el contexto histórico-cultural que esta región representa. Múltiples violaciones de derechos humanos durante la historia que intentan ser disminuidos de manera considerable. No obstante, para 1990, con la Declaración del Cairo sobre Derechos Humanos en el islam, se intenta remediar este problema, mas no es suficiente debido a que dentro del mismo existen afirmaciones dentro de los artículos que son repugnantes. Más adelante se tomarán artículos de referencia y se analizarán.

Es importante recalcar que la Carta Árabe sobre derechos humanos distingue en cuatro categorías los principales artículos. La primera categoría se compone de los derechos individuales, la segunda habla de reglas de justicia, la tercera categoría se refiere a los derechos civiles y políticos y por último la cuarta categoría que hace referencia a los derechos económicos, sociales y cultuales (DESC).

Los Estados islámicos actualmente han sido muy criticados por actos terroristas y aterradores decretos de política exterior e interior. Sin embargo, el concepto de identidad es algo que quieren reforzar y enorgullecerse de lo que son y lo que representan. Sergio Moya presenta en su libro “El Islamismo en Túnez” una frase dicha por Basbayadar:

“No podemos permitir en el Mundo Musulmán seguir excluyendo una parte importante de nuestra identidad: el Islam. Esta exclusión solo ha conducido a la discordia, a conflictos y al fracaso en el nivel político y económico. Por lo tanto, llamamos a la reconciliación con nuestra identidad, para la compatibilidad entre el Islam y la democracia, y el Islam y la modernidad (Moya, S. 2014 p. 86) Esto evidencia que los Estados islámicos pretenden afianzar su identidad para que las criticas no los afecten y pueden seguir viviendo una vida “justa y sin mancha”.

En próximas entregas haremos una aproximación a la Nueva Carta Árabe sobre los Derechos Humanos.

Referencias Bibliográficas.

  • Cairo Declaration on Human Rights in Islam, Aug. 5, 1990, U.N. GAOR, World Conf. on Hum. Rts., 4th Sess., Agenda Item 5, U.N. Doc.A/CONF.157/PC/62/Add.18 (1993) [English translation].
  • Donnelly, Jack. Cultural Relativism and Universal Human Rights. Human Rights Quarterly, Vol. 6, No. 4 (Nov.,1984), pp. 400-419. Published by: The Johns Hopkins University Press
  • Goyret,L. (2014)  Claves para entender la ley islámica de la sharía. Infobae. Consultado el: 06/04/2019. Disponible en: https://www.infobae.com/2014/10/05/1599603-claves-entender-la-ley-islamica-la-sharia/
  • Forsythe, David P (2012). Human Rights in International Relations. New York: Cambridge University Press.
  • League of Arab States. (2004). Arab Charter on Human Rights. Boston University International Law Journal. Vol. 24:147. Boston, United States. [English translation].
  • Moya Mena, S. (2014). El islamismo en Túnez de la independencia al renacer salafista. 1st ed. San José: Centro de Estudios de Medio Oriente y África del Norte.

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