Como Ustedes saben, la Administración Pública debe servir a los ciudadanos respetando códigos de ética y de transparencia, fomentando los valores humanos, cívicos y democráticos, y en congruencia con las necesidades de los ciudadanos. Tal como se menciona en el Manual para el ejercicio de la Función Pública: para vivir en sociedad son necesarias reglas de comportamiento de las cuales podemos ser más o menos conscientes. Estas reglas, que se desprenden de las prescripciones éticas, dan un sentido a la existencia y sirven de guía en las acciones, las elecciones, la ejecución de unos actos y la abstención de otros.
Uno de los compromisos asumidos por Argentina en las convenciones internacionales de lucha contra la corrupción fue, precisamente, el establecimiento de normas de conducta para el correcto y honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas, que garanticen el obrar íntegro, prudente y responsable de los agentes y funcionarios públicos.
Tanto la Ley 25188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública como el Código de Ética de la Función Pública aprobado por Decreto 41/1999 —y en general, las normas sobre empleo público—, la Ley 25164, Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional y hasta el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Decreto 214/2006) prevén un conjunto de deberes y prohibiciones aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública.
El artículo 2º de la Ley 25188 establece que los sujetos comprendidos en la ley se encuentran obligados a respetar los siguientes deberes y pautas de comportamiento ético:
a) cumplir y hacer cumplir estrictamente la Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dicten y defender el sistema republicano y democrático de gobierno;
b) desempeñarse con la observancia y respeto de los principios y pautas éticas establecidas en la presente ley: honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana;
c) velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular;
d) no recibir ningún beneficio personal indebido vinculado a la realización, retardo u omisión de un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven en ello;
e) fundar sus actos y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir información, a menos que una norma o el interés público claramente lo exijan;
f) proteger y conservar la propiedad del Estado y solo emplear sus bienes con los fines autorizados. Abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados;
g) abstenerse de usar las instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o promover algún producto, servicio o empresa;
h) observar en los procedimientos de contrataciones públicas en los que intervengan los principios de publicidad, igualdad, concurrencia y razonabilidad;
i) abstenerse de intervenir en todo asunto respecto al cual se encuentre comprendido en alguna de las causas de excusación previstas en la ley procesal civil.
En el artículo 9 del Código de Ética se expresa que: “El ejercicio de la función pública debe inspirar confianza en la comunidad. Asimismo, debe evitar acciones que pudieran poner en riesgo la finalidad de la función pública, el patrimonio del Estado o la imagen que debe tener la sociedad respecto de sus servidores”.
La sociedad exige de sus dirigentes la concreción, en sus gestiones públicas, de valores fundamentales, como la honestidad, la justicia, la transparencia, la rendición de cuentas y la igualdad ante la ley. Solo a través de la sostenida puesta en práctica de esos principios nuestras comunidades volverán a creer en las instituciones de la República y en sus representantes. La ética la fomentamos y la fiscalizamos entre todos.